CRíMENES DE LESA HUMANIDAD

Casación rechazó un Recurso Extraordinario y un represor continuará detenido

Horacio Losito seguirá cumpliendo su pena a prisión perpetúa por se uno de los responsables de la Masacre de Margarita Belén sucedida en Chaco durante la última dictadura militar.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal rechazó un Recurso Extraordinario presentado por la Defensa del coronel del Ejército, Horacio Losito, condenado a prisión perpetua por su participación en la Masacre de Margarita Belén, ocurrida el 13 de diciembre de 1976.

Losito también fue condenado por su participación en el Centro Clandestino de Detención que funcionó en el ex Regimiento de Infantería N°9 de la ciudad de Corrientes. 

El Recurso pretendía que la Corte Suprema de la Nación, le vuelva a otorgar la libertad condicional, por haber cumplido 20 años de prisión y llegar a los dos tercios de su condena a perpetua.

Actualmente, el juez de Ejecución del Tribunal Federal de Resistencia, ordenó que el equipo Interdisciplinario de la Cámara Federal de Casación Penal, elabore un informe psicológico, un informe psiquiátrico y un informe socioambiental, sobre el condenado Horacio Losito. 

El fin es evaluar las condiciones legales que se exigen para incorporarlo al régimen de la libertad condicional sobre la base de su pronóstico de reinserción social.

La libertad Condicional otorgada y luego revocada 

El 17 de Diciembre de 2023, el juez de Ejecución del Tribunal Federal de Resistencia, Juan Manuel Iglesias, había otorgado la libertad condicional a Losito, basándose únicamente en los dos tercios de su condena a perpetua, al haber cumplido 20 años en prisión (17 años en las prisiones de la Cárcel U7, el  Complejo de Marcos Paz y el Instituto Penal de Campo de Mayo  y  3 años con prisión domiciliaria).

La Resolución fue apelada por la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal y las Querellas de las Secretarias de Derechos Humanos de Nación y del Chaco, argumentando que no existía un Informe Criminológico sobre su progresividad, no había demostrado ningún arrepentimiento.

Además, podría obstruir la búsqueda de los desaparecidos de la Masacre de Margarita Belén; que no se tuvo en cuenta la opinión de los familiares, que eran revictimizados y que debían contemplarse las Convenciones Internacionales que establecen la responsabilidad del Estado Argentino en el juzgamiento y el  cumplimiento de Sentencias en Crímenes de Lesa Humanidad.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal había resuelto el 4 de Julio pasado, tomando los argumentos de la Fiscalía y las Querellas; revocar la libertad condicional con los votos de los jueces  Slokar y Ledesma, votando en minoría el Juez Yacobucci.

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