MINISTERIO DE LAS MUJERES

La necesidad de tipificar como delito la violencia de género digital

Se presentaron dos proyectos de ley que buscan terminar con la difusión de material íntimo sin consentimiento, como forma de extorsión y acoso. Las propuestas se basaron en la ley Olimpia, vigente en México, y en el caso de Belén San Román.

El Ministerio de Mujeres, Género y Diversidad impulsa dos proyectos de ley que permitirán tipificar como delito la obtención y difusión no consentida de material íntimo. Acorde a su incorporación al Código Penal, plantearán penas que van desde altas sumas de dinero hasta tres años de prisión efectiva. Los proyectos sentaron sus bases en los casos de Olimpia Coral Melo y Belén San Román. 

Este lunes en conferencia de prensa se presentaron oficialmente los proyectos de “Ley Belén” y “Ley Olimpia”. Estuvieron presentes Olimpia Melo, sobreviviente de un caso de violencia de género digital en México e impulsora de la ley que lleva su nombre en su país, y la familia de Belén San Román, quien fue víctima de un caso similar. 

Ley Belén

Belén San Román tenía 26 años y dos hijos pequeños. Se suicidó tras la difusión de material íntimo como forma de extorsión por su pareja en ese momento. Mantenía una relación virtual con Tobías Villarruel, quien en los encuentros que tenían, utilizaba un segundo celular para grabar las videollamadas y luego utilizar ese material para amenazarla. 

Tras la viralización del contenido, Asuntos Internos le inició un sumario a Belén al ser efectivo de la Fuerza. La difusión del material le trajo inconvenientes en su vida personal e incluso profesional, lo que demuestra la urgente necesidad de la sanción de la ley, para que se realice una integral protección a sobrevivientes y no una revictimización laboral, como en este caso. 

El 30 de noviembre del 2020 Belén ya se encontraba desbordada ante la situación que estaba atravesando y la poca contención judicial, policial y laboral que tenía. Antes de suicidarse le escribió un mensaje a sus compañeros de la Policía, quienes alertados se acercaron hasta su casa y la encontraron desvanecida. Tras siete días de internación en terapia intensiva, Belén falleció.  

En este sentido, el proyecto “Ley Belén” plantea incorporar al Código Penal el delito conocido como sextorsión, que implica la obtención y difusión no consentida de material íntimo. Propone establecer penas desde tres meses a dos años de prisión efectiva y multas en altas sumas de dinero, por la viralización de videos, audios, fotografías y documentos, filmados o elaborados con representaciones sexuales explícitas, obtenidas sin el consentimiento de la persona afectada. 

Además, las penas aumentarían un tercio cuando en el delito medie la violencia de género o se cometa con fines de lucro; placer; codicia; odio racial, religioso, de género o a la orientación sexual, identidad de género; o contra menores de edad,

Ley Olimpia

El proyecto “Ley Olimpia” propone incorporar la violencia digital como otra forma violencia contra las mujeres en el marco de la ley 26.485. A la par, de buscar la creación de medidas de protección para sobrevivientes y políticas públicas en el marco de la educación digital y la prevención. 

Se pretende incorporar al Código Penal la definición de violencia digital o en línea, entendiéndola como: “aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres, sin su consentimiento”.

También busca terminar con los discursos de odio de género y patrones y estereotipos sexistas o aquellos que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión, control virtual o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC. Además de cualquier otra agresión que pueda surgir a futuro, ejercida por este medio y que afecte los derechos protegidos por el proyecto. 

Olimpia Coral Melo 

La activista mexicana Olimpia Coral Melo es sobreviviente de violencia digital. En 2013 cuando tenía dieciocho años se difundió un video íntimo suyo, que fue subido a diferentes páginas pornográficas que explotaron su identidad y le exigían dinero para borrarlos. 

Atravesó incluso revictimización en las sedes policiales en las que se presentó para realizar diferentes denuncias. Debido a que cuando la veían le decían que la reconocían por el video, que el hecho no implicaba un delito y la revictimizaban culpándola por “dejarse grabar”, por la difusión y realizando comentarios sobre su cuerpo. 

Tras un largo proceso legal y varias negativas, por lo que implica una ley de esta magnitud para el sistema patriarcal y en un país como México, donde la violencia machista está muy arraigada en la sociedad, se aprobó la ley Olimpia en el 2019. “No soy Olimpia la del video, soy Olimpia la de la ley”, expresó durante la presentación de los proyectos este lunes. 

Cabe destacar que si bien se la conoce como ley Olimpia, es en realidad un conjunto de reformas legislativas en el Código Penal mexicano que reconocen la violencia digital y sanciones para quienes violen la intimidad sexual de las personas a través de los medios digitales. En las reformas se incluyó como conductas que atentan contra la intimidad sexual: filmar, grabar audio, fotografiar o elaborar videos simulados de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño. 

Este contenido si es expuesto, distribuido, exhibido, comercializado, ofertado, intercambiado por material impreso o vías digitales, o si es incluso reproducido, implica sanciones penales. Naciones Unidas también ya ha reconocido este tipo de violencia de género y junto a la Organización de Estados Americanos elaboran campañas de concientización, sobre todo enfocadas en adolescencias y tendientes a la prevención. 

Se espera que en nuestro país los tiempos legislativos sean cortos y los proyectos se aprueben con la mayor brevedad posible. La concientización es el primer paso en la cadena para combatir la violencia de género digital. El material íntimo no debe ser difundido sin consentimiento y los ambientes laborales deben proteger a sus trabajadores ante estos casos y no exponerles aún más.