JUSTICIA

Elevan a juicio la causa donde se acusa al entrenador de abuso sexual

Aldo Breard está abuso sexual gravemente ultrajante contra una mujer y abuso sexual simple contra otras cuatro. Los hechos ocurrieron entre 2006 y 2018.

La titular del titular del Juzgado de Instrucción N°3, Josefina González Cabañas,  elevó a juicio la causa por la que se acusa al entrenador de abuso sexual gravemente ultrajante contra una mujer y abuso sexual simple contra otras cuatro. 

Los hechos por los que fuera procesado Breard ocurrieron en distintos períodos de tiempo entre los años 2006 y 2018. El Tribunal Oral Penal (TOP) N°1 deberá fijar fecha del debate oral y público para juzgarlo.

En la causa se investigó la comisión de catorce hechos delictivos contra la integridad sexual, siendo procesado por cinco de ellos. 

El entrenador fue investigado por la comisión de delitos contra la integridad sexual, siendo procesado por cinco de ellos y, por los delitos de Abuso sexual simple –art. 119 del Código Penal-, en calidad de autor material –art. 45 del Código Penal- por cuatro hechos reiterados en concurso real y por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante -art 119 Segundo Párrafo del Código Penal- en calidad de autor material –art. 45 del Código Penal-, los cuales en caso de ser condenado prevén una pena en expectativa de 26 años como máximo.

Las denuncias

Los hechos por los que fue procesado ocurrieron en distintos períodos de tiempo entre los años 2006 y 2018, en circunstancias que las adolescentes, concurrían al gimnasio de la capital correntina donde Aldo Breard se desempeñaba como personal trainer con el fin de comenzar un entrenamiento físico.

Las denunciantes coinciden en que las citaba para mantener una entrevista a solas donde con el supuesto propósito de medir su peso corporal les hacía sacar la ropa quedando las mismas en ropa interior – en algunas oportunidades – aprovechando esta situación para realizarle tocamientos en sus partes íntimas entre otros actos indebidos.

Una de las jóvenes denunciantes, puntualizó que el hecho habría consistido en actos aún más invasivos hacia la reserva sexual de la misma y en consecuencia la calificación legal resultó más gravosa.